El tráfico ilegal de órganos humanos será delito al reformar el Código Penal

18-XI-09. Se penalizará con de seis a doce años de prisión, si se trata de un órgano principal y de tres a seis años si el órgano fuera no principal

El nuevo proyecto de ley orgánica dirigido a reformar el actual Código Penal, cuya remisión al Congreso de los Diputados fue acordada en el último Consejo de Ministros, incorpora, a iniciativa del Ministerio de Sanidad y Política Social, la tipificación del delito del tráfico ilegal de órganos humanos.

España es líder en donaciones de órganos, con una tasa de 34 por millón de habitantes, lo que ha servido para que el ya conocido como modelo español sea una referencia a nivel mundial, según informan en nota de prensa. Estos logros están permitiendo a España liderar políticas activas en la Unión Europea, como la Directiva de células y tejidos, en vigor desde hace siete años, o la próxima sobre calidad y seguridad en la obtención y el trasplante de órganos, cuya aprobación está prevista durante el período de la presidencia española en 2010.

Sin embargo, el aumento del número de trasplantes que se realizan en el mundo y el porcentaje de éxito cada vez mayor de las intervenciones también han traído consigo problemas importantes. El más relevante es que la oferta de órganos no ha avanzado al mismo ritmo que la demanda y ningún país tiene órganos suficientes para cubrir las necesidades de su población, hasta el punto de que la mortalidad en lista de espera de algunos órganos alcanza el 10% en algunos países.

Demanda de órganos

Esta situación ha creado una demanda de órganos por parte de pacientes con recursos económicos que están dispuestos a viajar, a cambiar de país e incluso a olvidar ciertos reparos éticos para conseguir un órgano. El fenómeno de la compra y venta de órganos humanos es creciente y en países como India este comercio era legal hasta 1995, mientras que en China y en Pakistán, entre otros países, hay evidencias de su práctica.

Incluso en España recientemente se han detectado anuncios en internet de españoles que ofrecían riñones a cambio de dinero, entre 15.000 y 100.000 euros, en ciudades como Madrid, Castellón, Málaga y Sevilla.

El Gobierno español, a propuesta de la ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez, ha decidido introducir en su reforma del Código Penal este delito. El actual Código Penal ya penaliza la extracción de órganos humanos mediante pago al donante de precio o recompensa, considerándolo como un delito de lesiones, pero es necesario avanzar en la tipificación penal del tráfico de órganos humanos, de su promoción mediante la publicidad y del denominado turismo de trasplantes.

En la nueva redacción del Código Penal se añade el artículo 156 bis, en el que se fija el castigo para la obtención o el tráfico ilegal de órganos humanos ajenos o el transplante de los mismos, con pena de prisión de seis a doce años, si se trata de un órgano principal y de tres a seis años si el órgano fuera no principal. Además se penalizará al receptor si conoce su origen ilícito con las mismas penas de prisión,

De esta forma se pretende castigar el tráfico de órganos humanos y también su publicidad, que se realiza hoy fundamentalmente a través de internet, bien solicitando órganos o bien ofreciendo órganos de un tercero obtenidos mediante pago. Con este nuevo delito se castigará toda la cadena de actividades delictivas dirigida a organizar la obtención del órgano, ofrecerlo para un transplante, captar al receptor del órgano, y facilitar la realización del transplante usualmente mediante el turismo de transplantes.


Lo más destacado

España es líder en donaciones de órganos, con una tasa de 34 por millón de habitantes.

El fenómeno de la compra y venta de órganos humanos es creciente y en países como India este comercio era legal hasta 1995.

En la nueva redacción del Código Penal se añade el artículo 156 bis, en el que se fija el castigo para la obtención o el tráfico ilegal de órganos humanos ajenos o el transplante de los mismos.